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Fue una mañana estupenda. El cuento con sus ilustraciones había gustado mucho y la música más. Al final de la sesión niños y profesoras habían aprendido la canción y el baile de Hansel y Gretel.
La bibliotecaria junto a la profesora de música habían preparado la proyección de mis imágenes, y habíamos escuchado la música en grabaciones de Naxos al hilo de la narración… Hoy no os puedo traer aquí la música porque todos los derechos están reservados, pero aquella mañana, en aquel colegio fue diferente.
Los derechos de autor tienen algunos límites: el uso de materiales con copyrights en algunas situaciones, como en el ámbito escolar, está permitido por la ley. En Estados Unidos estas situaciones se consideran ‘Fair use’ -uso justo-, y están claramente estipuladas.
Estos casos son una excepción a la protección de la Propiedad Intelectual de los autores, porque los autores que enriquecen el mundo de la cultura tienen que recibir justa compensación por su trabajo, por su tiempo, su formación y su talento, todos ellos invertidos en la creación de su obra, como también merecen su recompensa aquellos que ponen los medios para que esas obras lleguen hasta el público. De otro modo su trabajo no se sostendría.
Por eso, aquella mañana, al salir del colegio, me sorprendió que la directora del colegio me lanzara ¿podrías reglarnos algunos libros para la biblioteca, no te parece? Y por muy emocionante que fuera el contacto con los niños, tuve que aclararle que yo no tenía copias, que había que comprárselas al editor, y que, al fin y al cabo, esa era la forma en que tanto yo como la editorial y también la discográfica podríamos seguir trabajando.
Por eso, es importante proteger la Propiedad Intelectual de todos aquellos que participan en la creación de contenidos, también y muy especialmente en Internet.
Además hoy, la colaboración entre artistas es cada vez más habitual, y esto se hace especialmente evidente en todos los materiales audiovisuales que nos enriquecen en todos y por todos los sentidos. En el Internet del valor esta colaboración entre autores será más transparente, y cada parte podrá obtener su justa recompensa cuando obras de autoría conjunta se pongan a la venta.
Por otra parte, quienes buscamos en la red obras de arte, a veces no nos mueve el coleccionismo, sino más bien la posibilidad de hacer un uso creativo: buscamos una música para un cuento, una imagen para ilustrar una texto… Precisamente, los usos de sus obras originales es algo que los autores van a poder controlar también en la web 3.
Para eso trabajamos en Smartists, para que quienes busquen una obra original para cualquier uso - exhibición pública, reproducción o copia, adaptación y/o distribución comercial - puedan dirigirse directamente a sus autores, y comprarles su obra, certificada como NFT, y con la licencia de uso correspondiente.
Mientras progresamos con nuestra dApp, van urgiendo muchas plataformas de NFTs, pero es importante ser prudentes, tanto a la hora de vender como de comprar, y conocer qué uso le podemos dar a nuestro NFT, a parte de coleccionarlo.
Por mi parte, estoy preparando mis primeros NFTs en colaboración con un músico. Y vamos a empezar por pequeños artículos coleccionables. Entre los dos tenemos todos los derechos para acuñar algunos gifs y videos originales, y los pensamos ponerlos a la venta, dejando claro que retenemos todos los derechos de autor. Si quieres saber más sobre nuestra experiencia o sobre NFTs y copyrights en general, mantente atento a este podcast, y a las noticias de Smartists.
Además, puedes contarnos tus experiencias, tu opiniones, o plantearnos preguntas y entablar un diálogo en el nuevo canal de Discord de Smartists. Dejo invitación en la transcripción.
Artistas visuales, escritores y músicos vamos a buscar juntos los mejores caminos para los autores en el Internet del Valor.
Autora participando en la construcción del Internet de los usuarios
Palabras, Imágenes y Música... 3.0